lunes, 25 de junio de 2018

CADENA DE CUSTODIA

Cadena de custodia




DIVERSAS DEFINICIONES

  • Cadena de custodia es el documento escrito en donde quedan reflejadas todas las incidencias de una prueba, también se conceptúa como aquel documento que garantiza la autenticidad, seguridad, preservación e integridad de la evidencia física hallada, obtenida o colectada y examinada, de manera continua e interrumpida, hasta que esta sea entregada como elemento de prueba ante una corte legal.
  • Es el procedimiento mediante el cual se asegura la integridad de la muestra desde su toma hasta la emisión del informe.
  • Sistema de seguridad que garantiza que la evidencia que llega al laboratorio para su análisis, es la misma que estaba en la escena explorada y que se encuentra en el mismo status quo que tenía en ese sitio, igualmente, que es la misma evidencia que, una vez analizada, se devuelve al solicitante y que se lleva a la audiencia pública del juicio, acompañada del informe pericial respectivo.
  • La cadena de custodia, es una secuencia de actos llevados a cabo por el Perito, el agente del Ministerio Público o el Juez, mediante la cual los instrumentos del delito, las cosas objeto o producto de él, así como cualquier otra evidencia relacionada con éste, son asegurados, trasladados, analizados y almacenados para evitar que se pierdan, destruyan o alteren y así, dar validez a los medios de prueba. La cadena de custodia debe ser observada, mantenida y documentada.
OBJETO DE LA CADENA DE CUSTODIA
  • Establecer la posesión de la misma en todo momento, así como evitar su destrucción, suplantación y contaminación, garantizando así que esta no sea desestimada o cuestionada.
  • Garantiza que las pruebas son las mismas recolectadas, acreditando su identidad y estado original, condiciones y los cambios hechos en ellas por cada custodio.
IMPORTANCIA
La importancia de la cadena de custodia estriba en que ni el órgano jurisdiccional, ni la defensa podrán poner en duda la integridad y la admisibilidad de la evidencia, porque siempre se establece la posesión de ésta, desde que se consigue y colecta hasta que se presenta al Tribunal.
PRINCIPIOS DE LA CADENA DE CUSTODIA DE LA EVIDENCIA
  • A. LEGALIDAD
La legalidad del elemento material probatorio y evidencia física depende de que en la diligencia en la cual se recoge o se obtiene, se haya observado lo prescrito en la Constitución Política, en los Tratados Internacionales sobre derechos humanos vigentes en nuestro país y en las leyes.
  • B. AUTENTICIDAD
Los elementos materiales probatorios y la evidencia física son auténticos, cuando han sido detectados, fijados, recogidos y embalados técnicamente, y sometidos a las reglas de cadena de custodia.
  • Principios Básicos de la Cadena de Custodia de acuerdo al Reglamento de Cadena de Custodia de Evidencias del Ministerio Público.
  • El control, de todas las etapas desde la recolección o incorporación de los elementos materiales, evidencias y bienes incautados hasta su destino final, así como del actuar de los responsables de la custodia de aquellos.
  • La preservación, de los elementos materiales y evidencias, así como de los bienes incautados para garantizar su inalterabilidad, evitar confusiones o daño de su estado original, así como un indebido tratamiento o incorrecto almacenamiento.
  • La seguridad, de los elementos materiales y evidencias así como de los bienes incautados con el empleo de medios y técnicas adecuadas de custodia y almacenamiento en ambientes idóneos, de acuerdo a su naturaleza.
  • La mínima intervención, de funcionarios y personas responsables en cada uno de los procedimientos, registrando siempre su identificación.
  • La descripción detallada, de las características de los elementos materiales y evidencias además de los bienes incautados o incorporados en la investigación de un hecho punible, del medio en el que se hallaron, de las técnicas utilizadas, de las pericias, de las modificaciones o alteraciones que se generen en aquellos entre otros".

ELEMENTOS DE LA CADENA DE CUSTODIA
  • Limitar el número de funcionarios que manejan la evidencia.
  • Identificar y marcar los objetos.
  • Indicar en sus notas a quien fue entregado, fecha y hora, razones por la cual entrega, cuándo y por quién fue devuelta, elaborar recibos a tal efecto, cada vez que se entregue la evidencia. En caso de que le devuelva la evidencia debe verificar la marca de identificación del objeto y asegurarse de que es el mismo objeto que el oficial entregó.
  • Si se encuentra en las mismas condiciones de cuando lo colectaron, estar pendiente de la evidencia y si ésta ha sufrido cambios anotar cualquiera de ellos y su causa.
  • El control, por medio del cual se logra la identificación e individualización de las evidencias físicas.
  • La seguridad, consiste en el empleo de medios materiales para el resguardo de las evidencias físicas en lugares seguros a fin de evitar extravíos, hurtos, cambios, entre otros.
  • Medidas de preservación, dirigidas a garantizar la inalterabilidad de muestras o especímenes (degradación, contaminación o destrucción), por indebido tratamiento de las mismas, o por un incorrecto almacenamiento.
  • Las actas, oficios y otros requisitos formales que acompañan a las evidencias físicas, son también objetos de la cadena de custodia.
  • Es responsabilidad de todo funcionario que participa en el proceso, incluyendo secretarias, oficinistas, mecanógrafas, mensajeros y otros, conocer los procedimientos específicos y generales establecidos para tal fin, debiendo llevar el control y registro de su actuación directa dentro del proceso.
  • Toda muestra o elemento probatorio deberá ser sometida al registro de la cadena de custodia, el cual deberá acompañar a cada uno de los indicios materiales en el recorrido de su curso judicial.
  • Los funcionarios (peritos) a quienes corresponda el análisis de una muestra, deberán describir con detalles la evidencia obtenida, técnicas y procedimientos de análisis empleados; al igual que las modificaciones realizadas sobre la misma, aclarando si se agotaron en los análisis o si quedaron porciones o alícuotas de éstas.
  • Los Laboratorios de Criminalística o el Instituto de Medicina Legal u otros, podrán abstenerse de recibir evidencias enviadas por autoridades competentes, cuando se detecte que no ha existido cadena de custodia o se ha interrumpido.
  • El formato de la cadena de custodia no admite tachones, borrones, enmiendas, espacios y líneas en blanco, tintas de color diferente, interlineados (signos, palabras u otros escritos entre líneas), tampoco se permiten adiciones en las copias.
  • En caso que amerite una corrección, ésta se efectuará entre paréntesis, explicando los motivos que la generaron. Los bienes materiales y las evidencias recolectadas o incorporadas, deberán ser debidamente rotuladas y etiquetadas para su correcta identificación y seguridad e inalterabilidad.
LAS ETAPAS DE LA CADENA DE CUSTODIA
  • Extracción o recolección de la prueba.
  • Preservación y embalaje de la prueba.
  • Transporte o traslado de la prueba.
  • Traspaso de la misma, ya sea a los laboratorios para su análisis, o a las diferentes fiscalías para su custodia.
  • Custodia y preservación final hasta que se realice el debate.
La cadena de custodia implica: la extracción adecuada de la prueba, la preservación, individualización, transporte apropiado, entrega controlada. Al recolectar las pruebas, lo importante es el valor que va a tener en el proceso de investigación y por medio de la cadena de custodia, este valor va a ser relevante, debido a que no se va a poder impugnar, al haberse acatado el procedimiento.
PROCEDIMIENTOS TECNICOS Y CADENA DE CUSTODIA
Cada persona que intervenga con la evidencia recolectada debe marcar la misma con sus iniciales y asegurarse que no sufra cambios. debe llevar un seguimiento de sus pasos que ha tenido dicha prueba, desde que se recolecto hasta que es presentada en el tribunal. por ejemplo, si la evidencia ocupada es droga la mismos debe ser custodiada y llevada al laboratorio para su análisis correspondiente en donde el que la recibe debe marcarla igualmente con sus iniciales. esto se hace con el propósito de que en la audiencia se demuestre que dicha droga no ha sido susceptible de alteración alguna antes de presentarse en la misma. 
LA PRUEBA Y LA CADENA DE CUSTODIA
Es muy fundamental el manejo adecuado de la escena del crimen con la finalidad de recoger las evidencias físicas halladas, ya que cualquier descuido puede ser revertido la prueba, cada evidencia física debe recibir un tratamiento diferente, pero la técnica para todos ellos debe ser la misma, siempre enfocándose en ello, como lo señala José Reyes que dice, "es ahí donde se revelan todo tipo de pruebas. Los peritos científicos, pueden ser: peritos médicos, legales, fotometrístas, laboratoristas, toxicólogos, antropólogos, grafólogos, armeros y otros". 
La finalidad que se busca es que los peritajes reciben un tratamiento muy cuidadoso y adecuado, en el momento cuando sea actuado en la etapa de juicio oral sea la misma evidencia física que no haya sufrido cualquier cambio, destrucción o alteración que puede causar perjuicios a la investigación y pueda perder su utilidad, que es fundamental ya sea para confirmar o desvirtuar la responsabilidad penal.
Como consecuencia de las investigaciones científicas realizadas por los peritos resultan en peritajes en sí, con ello se establecen los hechos delictuosos en la escena del crimen, con el cual se probará la comisión del hecho ilícito con relevancia penal.

Bibliografía

  • 1. ANGULO GONZÁLES, Rubén Darío, "Cadena de Custodia en Criminalística", Ediciones Doctrina y leyColombia, 2005.
  • 2. MANUAL DE CRIMINALÍSTICA, POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, Servicios Gráficos SMD, Lima.
  • 3. ESCUELA NACIONAL DE LA JUDICATURA, "Derecho procesal penal", editora Amigo del Hogar, primera edición 2006, Colombia.
  • 4. REYES CALDERÓN, José Adolfo, "Tratado de Criminalística"
  • 5. Acuerdo Plenario Nº 5-2010/CJ-116
  • 6. Reglamento de la Cadena de Custodia de Elementos Materiales, Evidencias y Administración de Bienes Incautados (Aprobado por Resolución Nº 729-2006-MP-FN del 15.junio.2006).
  • 7. http://es.wikipedia.org/wiki/Cadena_de_custodia
  • 8. http://www.diccionariojuridico.mx/?pag=vertermino&id=1704
  • 9. http://es.wikipedia.org/wiki/Cadena_de_custodia

viernes, 22 de junio de 2018

BIOGRAFIA DEL MPPSP


Historia

El Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario es uno de los organismos que conforman el gabinete ministerial del Poder Ejecutivo de Venezuela. Fue creado el 26 de julio de 2011, vía decreto Nº 8.266 y formalmente en gaceta oficial Nº 39.721.1​ En 2013, el ministerio propone reformar el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) de Venezuela, y modificar el Programa de Régimen de Confianza Tutelado.2​ El ministerio es un ente dependiente directamente de las órdenes del presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros. Y se encuentra ubicado en Avenida Venezuela, Edificio Platinum, Urbanización El Rosal, Municipio Chacao, Venezuela.

Estructura del Ministerio

  • Viceministerio para la Atención al Privado y Privada de Libertad.
  • Viceministerio para la Atención al Adolescente en Conflicto.
  • Viceministerio de Formación Educativa y Asuntos Sociales.

Órganos y Entes Adscritos al Ministerio

  • Fondo Nacional para Edificaciones Penitenciarias.
  • Instituto Autónomo Caja de Trabajo Penitenciario.
En la actualidad la ministra al frente del MPPSP es la Ciudadana: Iris Varela

Biografía de la Ciudadana Ministra:


Maria Iris Varela Rangel

Nació en la ciudad de San Cristóbal, estado Táchira, el 9 de marzo de 1969. Egresó de la Universidad Católica del Táchira con el título de abogada de la República, y cuenta con especialidades en Derecho Constitucional, Derecho Procesal Penal, Nuevo Proceso Penal en Sistema Acusatorio y estudios en Criminalística
Desde muy joven militó en la izquierda venezolana, siendo miembro fundador del Movimiento Revolucionario 200 (MBR-200) en el estado Táchira y en los pueblos fronterizos de los estados Mérida, Barinas, Trujillo y Zulia; igualmente fue Directora Nacional y Coordinadora por el estado Táchira del Movimiento V República, partido fundado por el Presidente Hugo Chávez, con el cual ganó las elecciones presidenciales de 1998. Actualmente es militante y miembro del equipo político del PSUV en el estado Táchira.
Iris Varela fue electa como constituyente a la Asamblea Nacional Constituyente impulsada por el Presidente Hugo Chávez en el año 1999, la cual tenía como objetivo principal la redacción de una nueva Constitución que refundaría el Estado, dándole un carácter social e incluyendo la visión de una democracia participativa y protagónica; desde allí, la diputada Varela promovió la eliminación de la Cámara del Senado para generar la estructura unicameral actual de la Asamblea Nacional de Venezuela.
Fue elegida diputada a la nueva Asamblea Nacional, en representación del estado Táchira, durante tres períodos consecutivos: 2000-2005, 2006-2011 y finalmente 2011-2016.Como diputada a la Asamblea Nacional desempeñó las siguientes funciones:
  • Presidente de la Comisión Ordinaria para el Estudio de los Tratados, Acuerdos y Convenios de Integración (Grupo de los Tres, CAN, MERCOSUR, CARICOM, TLCAN, UE, OMC) y otros esquemas de Negociación y de lucha contra el ALCA.
  • Vicepresidente de la Comisión Permanente de Política Interior, Justicia, Derechos Humanos, y Garantías Constitucionales, desde donde promovió investigaciones de casos de relevancia nacional, entre ellos: Investigaciones por conspiración contra la República; Ejecuciones Extrajudiciales del Estado Guárico; Caso Linda Loaiza; Caso Danilo Anderson (Fiscal de la República); Ejecuciones a campesinos, sicariato y paramilitarismo, entre otros.
  • Coordinadora de la Comisión de Defensa de la Ley Orgánica sobre los estados de excepción.
  • Promotora de la Ley de Defensa Pública.
  • Responsable por la Comisión de Política Interior del proyecto de Ley de Policía Nacional de Venezuela.
  • Miembro de la Comisión Presidencial contra el ALCA, creada por el Presidente en 2002, que asesoró al Ejecutivo Nacional.
  • Miembro del Comité Ejecutivo de la Confederación Parlamentaria de las Américas (COPA).
  • Miembro del Comité Ejecutivo de la Red Parlamentaria de Mujeres (Órgano adscrito a COPA).
  • Presidente de la Comisión Especial para investigar los asesinatos de personas en condición de calle en el área metropolitana de Caracas.
En julio de 2011, el Presidente Hugo Chávez designó a Iris Varela como Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, separándose de su investidura parlamentaria a tan solo siete meses de haberse juramentado como diputada para aquel período legislativo.
El 21 de abril de 2013, en cadena nacional, es reafirmada como Ministra para el Servicio Penitenciario del Gobierno Bolivariano de Venezuela por parte del Presidente Nicolás Maduro, para continuar desarrollando la gestión penitenciaria venezolana.
En junio de 2017 se postula para aspirar a una curul en la recién convocada Asamblea Nacional Constituyente, siendo relevada como Ministra para el Servicio Penitenciario
El 30 de julio de 2017 es electa como Constituyente por la ciudad de Caracas, cumpliendo funciones como Vicepresidenta de la Comisión Constitucional en la Asamblea Nacional Constituyente, siendo designada como vocera de esta Comisión.
El 4 de enero de 2018, durante un acto realizado en el Cuartel de la Montaña, fue nuevamente designada como Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros.

OBJETIVO
Promover la participación ciudadana mediante la formulación de estrategias, planes o programas dirigidos a las comunidades adyacentes a las áreas de competencia del Ministerio o del entorno social de las sedes del mismo; para recibir, tramitar y resolver de forma oportuna, adecuada y efectiva, las solicitudes formuladas por los ciudadanos y ciudadanas, contribuyendo a la transformación social para el Buen Vivir.

FUNCIONES
  1. Establecer mecanismos para promover la participación ciudadana y a tal fin realizar eventos, charlas, seminarios y cualquier otra actividad que permita alcanzar dicho objetivo.
  2. Supervisar y atender las iniciativas de la Ciudadanía, vinculadas con el ejercicio de su participación para el control de la gestión pública.
  3. Realizar propuestas de programas pedagógicos e informativos y cualquier actividad que permita fortalecer los valores, virtudes y derechos Ciudadanos, consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  1. Implementar estrategias para promover el ejercicio del derecho a la Participación ciudadana en el control de la gestión pública, para dar cumplimiento a las Normas.
  2. Establecer espacios de debate público, a fin de dar a conocer a la ciudadanía experiencias exitosas y buenas prácticas sobre la participación Ciudadana en el ejercicio del control sobre la gestión pública.
  3. Establecer mecanismos de control ciudadano en proyectos de alto impacto económico, financiero y social, que conlleven a una eficiente ejecución de los mismos.
  4. Diseñar e implementar con las dependencias del Ministerio actividades tendentes a incorporar a los ciudadanos a las labores de control sobre la gestión pública, de conformidad con lo previsto en el contenido de las Normas para Fomentar la Participación Ciudadana.
  5. Realizar investigaciones orientadas a generar proyectos y normas relacionados con la participación ciudadana en el ejercicio del control de la gestión pública.
  6. Establecer un registro de las comunidades organizadas de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública, que permita identificar los actores sociales para la implementación de planes, programas y proyectos diseñados por el MPPSP para las comunidades aledañas a los recintos de reclusión.
  7. Informar a la ciudadanía sobre la estructura organizativa y utilización de los recursos asignados al Ministerio a través de un Informe de fácil manejo y comprensión, que se publicarán y pondrá a disposición de los ciudadanos y ciudadanas que acudan a la Institución.
  1. Informar a la ciudadanía sobre los trámites administrativos que deben realizar para la solicitud de algún proceso a efectuar en el Ministerio.
  2. Asesorar, atender, orientar y apoyar, a los ciudadanos que acudan al Ministerio a solicitar información, requerir documentos o interponer denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones de forma física o electrónica, con el fin darles oportuna respuesta.
  3. Establecer un sistema que permita llevar un registro automatizado de las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones, para modernizar de forma eficiente los procedimientos, políticas y administración de servicio, con atención rápida, oportuna y confiable.
  4. Informar sobre hechos denunciados, a la Consultoría Jurídica o a la Oficina de Auditoria autoridad a fin de adoptar las medidas inmediatas tendentes a impedir o corregir deficiencias o la producción de daños al patrimonio público, de ser el caso, preservando, en todo momento, la identidad del denunciante, para la protección de su integridad física y que el Órgano competente tome medidas que permitan mejorar el servicio.
  5. Presentar a la Oficina de Auditoría Interna, una relación mensual de todas las denuncias recibidas a los fines de que se inicien los procedimientos que hubiere lugar, garantizándole al denunciante celeridad en la corrección de la deficiencia denunciada.
  6. Presentar periódicamente, reportes estadísticos de las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones atendidas, a fin de comparar y analizar los datos para la toma de decisiones.
  1. Elaborar su Plan Operativo Anual tomando en consideración las solicitudes y los lineamientos que le formule la oficina de Planificación, presupuesto y Organización para la asignación de los recursos de los gastos de funcionamiento.


Referencias Bibliográficas:
http://www.mppsp.gob.ve/index.php/institucional/2864-historia
http://www.mppsp.gob.ve/index.php/institucional/2277-biografia-ciudadana-ministra
http://www.mppsp.gob.ve/oficina-de-atencion-al-ciudadano/780-objetivo-y-funciones


miércoles, 20 de junio de 2018

BIOGRAFIA DE LA UNES






Historia de la UNES

La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad UNES nace como resultado de incansables luchas de activistas de derechos humanos, investigadores, docentes, funcionarias y funcionarios policiales, que apoyaron los procesos generados desde la Comisión Nacional para la Reforma Policial (CONAREPOL). 

La CONAREPOL fue creada por el Gobierno Bolivariano con el objeto de construir un nuevo modelo policial fundamentado en la voluntad popular que logró expresarse de manera plural y democrática por medio de una amplia consulta que recolectó y sistematizó las opiniones y proposiciones de miles de personas a lo largo y ancho de nuestro territorio nacional. Este ejercicio, abierto e incluyente, involucró a las propias instituciones policiales, a representaciones sociales diversas y a expertos en el tema de la seguridad (en el ámbito nacional e internacional). 

La Consulta Popular se sustentó en los principios de participación, transparencia, imparcialidad y corresponsabilidad y hoy en día se puede afirmar que fue un proceso que sirve como claro ejemplo de lo que el pueblo venezolano puede conquistar por medio de su participación activa en la elaboración de políticas públicas, planes y programas referidos a la seguridad ciudadana. 

El Nuevo Modelo Policial propuesto como resultado de la voluntad popular fue refrendado a través de Ley Habilitante por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, recogido en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional (2008), establece (en su artículo 58) que Órgano Rector en conjunto con el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Educación Superior determinará el diseño curricular y las políticas y acciones que garanticen la unidad del proceso de formación y el desarrollo profesional permanente que deberá aplicar la institución académica nacional responsable del sistema único de formación de las funcionarias y funcionarios policiales. 

La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad UNES es la institución universitaria especializada que se encarga de la profesionalización y el desarrollo integral de funcionarias y funcionarios de la seguridad ciudadana en el país. 

Con un currículum común básico y con diversificación según las disciplinas y áreas especializadas del servicio, la UNES asume el reto de consolidar cuerpos de seguridad ciudadana al servicio del pueblo venezolano que sean transparentes, con sentido ético, confiables, eficaces, abiertos a la participación popular, a la contraloría social y ajustados al cumplimiento de los derechos y libertades ciudadanas. 

La UNES formará permanentemente a las funcionarias y funcionarios de los siguientes órganos de seguridad: 

  • La Policía Nacional Bolivariana. 
  • Cuerpos de Policía Estadales y Municipales. 
  • Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. 
  • Cuerpos de Bomberos y Bomberas. 
  • Cuerpo de Protección Civil y Administración de Desastres. 
  • Penitenciaristas.
  • Cuerpo Técnico de Vigilancia y TránsitoTerrestre. 

Los procesos de aprendizaje de la UNES están fundamentados en la creación intelectual, la sistematización de las prácticas y problemas de seguridad (en los contextos nacional, regional y local), en el intercambio de saberes y en la participación activa de educadores y discentes. Es por ello que nuestra institución asume la educación y el conocimiento como bienes públicos al servicio de todas y todos, bajo los principios de justicia social, respeto a los derechos humanos, igualdad de género, diversidad e interculturalidad, cooperación solidaria, participación ciudadana, calidad, pertinencia, formación integral, educación a lo largo de toda la vida, vinculación con los planes de desarrollo nacional y cooperación internacional. 

Misión 



La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad UNES creada en el marco de la Misión Alma Mater, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con funciones de formación integral, creación intelectual y vinculación social, estará al servicio del pueblo venezolano, en un proceso permanente de formación profesional y desarrollo integral de quienes conforman los órganos de seguridad ciudadana. La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad es de carácter civil, lo cual se expresa en sus autoridades, dirección, modelo de gestión, personal, cultura, régimen disciplinario, instalaciones, equipamiento y dotación, de acuerdo con sus requerimientos. 


Visión 


La Universidad Nacional Experimental de la Seguridad garantiza la calidad académica y el compromiso social, sustentada en los valores de confiabilidad, transparencia, eficacia y participación, orientados por su sentido ético hacia el respeto de los derechos humanos, libertades ciudadanas y la resolución de los problemas de seguridad del pueblo venezolano. Sirve como centro de referencia nacional, regional e internacional con amplio reconocimiento por los estudios en el campo de la seguridad; la calidad e impacto de su gestión en la formación integral de las y los discentes; la creación intelectual y la vinculación social. 


Es una Universidad que eleva, de manera continua, su capacidad para generar y sistematizar conocimiento útil, producto de su relación con el contexto y la interacción directa con el pueblo venezolano, sus necesidades y potencialidades, a fin de dar respuesta eficiente a las crecientes demandas y transformaciones sociales en torno a los problemas de seguridad, al desarrollo científico tecnológico e incidir en la reversión de las tendencias delictivas actuales y las perspectivas a nivel nacional, regional e internacional. 

Es una Universidad en la que, donde se anclan sus sedes, se despliegan dispositivos de trabajo articulado con la comunidad e instituciones locales y nacionales, para contribuir con la resolución de los graves problemas de seguridad que aquejen a la localidad y garantizar una vida tranquila, en la que las personas puedan disfrutar del libre ejercicio de sus derechos fundamentales. 

Objetivos 


a) Formar a las funcionarias y los funcionarios de la seguridad ciudadana como mujeres y hombres profesionales, con profunda sensibilidad social, para proteger a las personas y sus derechos, promover la convivencia y velar por el bien común, al estar comprometidos con el cabal cumplimiento del ordenamiento jurídico y con el desarrollo soberano de la Patria, sobre la base de la ética socialista. 


b) Garantizar la formación de base y continua, conforme a los principios constitucionales y los instrumentos jurídicos que regulan los mecanismos de seguridad ciudadana, con diversificación según las disciplinas y áreas del servicio, contextualizada en función de las realidades nacionales, tanto locales como regionales. 

c) Generar, difundir y socializar conocimientos en el área de seguridad, por medio de la investigación, la sistematización y el análisis crítico de las situaciones, casos y prácticas profesionales, la consulta pública y el diálogo de saberes con las comunidades. 

d) Contribuir a crear una cultura de la seguridad ciudadana dirigida al pleno ejercicio de los derechos de todas y todos, en igualdad de condiciones, fundamentada en la corresponsabilidad entre los distintos niveles de los Poderes Públicos y la sociedad. 

e) Impulsar la participación protagónica del pueblo venezolano en la formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas en materia de seguridad.


Cuadro de Autoridades


Bibliográfia: 

http://www.unes.edu.ve/index.php/universidad/historia-de-la-unes/
http://www.unes.edu.ve/index.php/universidad/mision-y-vision/
http://www.unes.edu.ve/index.php/universidad/autoridades/


lunes, 18 de junio de 2018